Destitución por terror laboral

Juez de El Bordo, Verónica Pedraza, Inhabilitada por 10 Años
Por Proclama del Pacífico / El Bordo, Patía — Cauca | Octubre de 2025 / La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Cauca ha dictado una sentencia ejemplar que destapa y castiga una grave crisis de maltrato y acoso laboral dentro de la Rama Judicial en el departamento.
La Juez Primera Promiscuo Municipal de El Bordo (Patía), Verónica María Pedraza Piedrahita, fue declarada disciplinariamente responsable de una falta gravísima a título de dolo y sancionada con destitución e inhabilidad general por diez (10) años.
La decisión, emitida el pasado 6 de octubre de 2025 en primera instancia, pone fin a una conducta laboral que los quejosos describieron como una forma de terror, marcada por el maltrato, el irrespeto a la salud pública y la negligencia procesal.
La denuncia: gritos, desprecio e inducción a la renuncia
El proceso disciplinario se inició por la queja presentada por los funcionarios Luis Manuel Anacona Valencia y Luz Dary Ordóñez Samboní, quienes no fueron las únicas víctimas. El expediente revela que al menos siete empleados renunciaron en el corto período de la Juez Pedraza debido al ambiente laboral tóxico.
Las quejas se centraron en dos ejes críticos:
- Acoso laboral y humillación: La Juez fue acusada de maltrato verbal, gritos, descalificación total e intimidación. Los testimonios recogidos en el proceso son dramáticos. Jheiny Catherine Chasoy Herrera, una de las exfuncionarias, declaró: “…la principal motivación de mi renuncia a mi cargo fue ese nivel de agresividad que presentaba la señora juez… yo salí aniquilada profesional y personalmente”. La Comisión encontró probadas las expresiones injuriosas y humillantes, con grabaciones que evidencian el uso de términos despectivos como “la vieja” o “es más loca que una cabra”.
- Irresponsabilidad e incumplimiento COVID-19: Los funcionarios denunciaron que, a pesar de las circulares del Consejo Superior y Seccional de la Judicatura que permitían el trabajo en casa por inhabilidades de salud durante la pandemia, la Juez obligaba a sus subalternos a cumplir horario de lunes a viernes en las oficinas. Ella, en cambio, “casi no viene a estas oficinas porque dice que ella no tiene horario y solo hace es llamar, llamar, gritar, gritar y dar órdenes alzando la voz”.
El despacho colapsado: víctimas de la negligencia
A la crisis de maltrato se sumó la irresponsabilidad en la gestión de los procesos. La queja alertó sobre la mora judicial, específicamente en asuntos críticos:
- Audiencias de garantías y conocimiento: No se les señalaba fecha.
- Apelaciones: No se tramitaban.
Los quejosos solicitaron incluso que se enviara personal idóneo para verificar el estado real del despacho, pues la inacción de la Juez afectaba directamente los derechos de los ciudadanos. La falta de seriedad en el cumplimiento de sus deberes fue un agravante clave en la sanción.
Actuación procesal y culpabilidad
El proceso disciplinario se extendió por más de cuatro años. La investigación formal inició en mayo de 2023, y la Juez Pedraza agotó todos los recursos posibles, incluyendo solicitudes de nulidad y prescripción de la acción disciplinaria, las cuales fueron denegadas.
El Magistrado Wilson René González Cortes formuló el pliego de cargos en noviembre de 2024.
La Comisión Seccional concluyó que la Juez actuó a título de DOLO. El recaudo probatorio (testimonios, grabaciones y documentos) demostró que Pedraza, «plenamente conocedora del respeto que debe existir a los derechos fundamentales», ejecutó intencionalmente actos denigrantes, arbitrarios y persistentes, con el claro objetivo de infundir intimidación y desmotivar el trabajo, induciendo a la renuncia.
La sanción impuesta
La falta fue calificada como GRAVÍSIMA conforme a la Ley 1010 de 2006 (Acoso Laboral) y el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019).
Sanción: Destitución del cargo e Inhabilidad General por Diez (10) años.
La Sala Dual 01 consideró que esta es la sanción idónea, justa y proporcional a la gravedad de la conducta dolosa. La decisión, aunque de primera instancia (procede el recurso de apelación), marca un precedente crucial en la Rama Judicial del Cauca contra el acoso laboral que «rebosó la copa» para los funcionarios.