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Jueves, 15 de octubre de 2026

Consejo de Estado ordena conservación de ecosistema en Quilichao

Consejo de Estado ordena conservación de ecosistema en Quilichao 1
Consejo de Estado ordena conservación de ecosistema en Quilichao

Consejo de Estado ordena conservación de ecosistema en Quilichao

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, el pasado 05 de mayo, ordenó a la Agencia Nacional de Tierras -ANT- y a la Alcaldía Municipal de Santander de Quilichao que acudan a la autoridad de Policía para conservar la propiedad y el ecosistema del predio denominado “La Esmeralda”.

El predio rural «La Esmeralda», ubicado en la vereda La Corona del municipio de Santander de Quilichao, era propiedad de Julio C. Triviño Peláez (q.e.p.d.), y donde funcionó el Hostal Los Mangos.

Se trata de lo siguiente: el predio mencionado fue adquirido por la ANT en 2020 para ser destinado a la comunidad indígena Resguardo Munchique Los Tigres, como reacción oficial a los varios intentos de invasión y deforestación causados por los indígenas desde el año 2015.

Sin embargo, esta comunidad, consecuente con la destinación ecológica que legalmente tiene el predio, desistió de recibirlo.

No obstante, ante el abandono por parte de la ANT, el predio nuevamente fue objeto de invasión por parte de personas extrañas, acciones de pesca y tala ilegal del bosque seco tropical y de guadua, caza de especies silvestres, saqueos de bienes públicos, hurtos de bienes privados, fumigación de árboles de mango, disposición de desechos peligrosos en el bosque, los cuales generan riesgo de contaminación de los recursos naturales, entre otras.

Por esta razón, 84 ciudadanos en ejercicio de una Acción Popular presentaron demanda en contra de la Agencia Nacional de Tierras -ANT-, con miras a obtener la protección de los derechos colectivos al goce un medio ambiente sano, a la moralidad administrativa y a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales.

Antecedentes

Los demandantes indicaron que tales derechos se vieron perturbados como consecuencia el proceso de compra y posterior abandono del predio lo que estaría ocasionando un perjuicio irremediable al permitir un nuevo asentamiento humano en una zona de área protegida.

Expusieron que el predio rural tiene una extensión de 137 hectáreas que corresponde a ronda hídrica, integrado por bosque seco tropical, catalogado como reserva forestal protectora, circunstancia que implica su inalienabilidad (innegociable).

Afirmaron que desde el año 2015 se interpusieron quejas ante la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CRC- sobre infracciones ambientales cometidas por asentamientos humanos establecidos en la Hacienda San Vicente, predio que contiene parte de la zona de reserva forestal que integra el ecosistema también presente en cerca del 80% del área del predio La Esmeralda.

También informaron que el 5 de marzo de 2015 la CRC emitió informe técnico de visita en el cual corroboró la infracción ambiental consistente en la tala de la totalidad de especies vegetales sin autorización por parte de los miembros de la comunidad indígena de Canoas.

Adujeron que desde el 2017 el predio pasó a ser objeto de negociación dentro del procedimiento venta voluntaria contemplado en la Ley 160 de 1994, para su adquisición por la ANT, con miras a su posterior entrega a la comunidad indígena Resguardo Munchique Los Tigres.

Mencionaron que, mediante escrito de 16 de abril de 2019, la sociedad Agrícola San Vicente SAS solicitó ante la autoridad nacional de Parques Nacionales, el registro de la reserva natural de la Sociedad Civil que constituye el ecosistema comprendido por parte de los predios Hacienda Japio, Hacienda Los Mangos, predio El Cucho y predio Bonanza, todos ubicados en la misma región, que constituyen una unidad ecológica de aproximadamente 600 hectáreas.

Manifestaron que el municipio de Santander de Quilichao dirigió oficio al Ministerio del Interior, con copia al Ministerio de Ambiente, en el cual resalta la importancia ambiental del bosque tropical seco de esa área, caracterizando la reserva y explicando sus servicios ecosistémicos.

Añadieron que en la Escritura Pública N.º 650 de 21 de febrero de 2020, otorgada ante la Notaría 21 del Círculo de Santiago de Cali, se evidencia que la ANT efectuó la compra del predio rural La Esmeralda. Allí se estableció que la adquisición del predio tiene por objeto entregarlo a título gratuito a la comunidad indígena Munchique Los Tigres, para la constitución-ampliación de su resguardo.

Frente a ello, aseguraron que la ANT no tuvo en cuenta que el predio La Esmeralda hace parte de un área que, según el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio –PBOT –Acuerdo 022 de 2002-, fue designada para protección y como una sub área de ordenamiento forestal y de manejo especial, no siendo apto para asentamientos humanos, ni para garantizar la seguridad alimentaria ni otras necesidades. Agregaron que tampoco se tuvo en cuenta el detrimento ambiental y de los servicios ambientales que presta dicha reserva y sus suelos circundantes.

Pretensiones de la demanda

A pesar de las medidas cautelares reseñadas, falta la decisión jurídica de fondo sobre las pretensiones iniciales de la demanda:

  • Que se ordene a la entidad demandada -Agencia Nacional de Tierras- abstenerse de hacer la entrega del predio denominado La Esmeralda a la comunidad indígena, porque amenaza y vulnera derechos colectivos.
  • Que se le ordene a la ANT garantizar la destinación del predio denominado La Esmeralda a la protección y conservación de la reserva forestal de bosque seco tropical que en él existe, impidiendo los asentamientos humanos y la explotación agrícola o comercial de dicha reserva como de los terrenos y franjas que lo circundan, por ser de amortiguación del ecosistema, de acuerdo con las restricciones contenidas en la normativa vigente sobre la materia.
  • Que se le ordene a la Agencia Nacional de Tierras desarrollar todas las gestiones administrativas y obras físicas necesarias para garantizar la restauración del medio ambiente y la mitigación de cualquier afectación de que haya sido objeto el ecosistema del que hace parte la porción correspondiente del predio denominado La Esmeralda, y concretamente la reserva forestal de bosque seco tropical presente en los predios atrás mencionados, entre los que se cuenta La Esmeralda, recientemente adquirido por la Agencia Nacional de Tierras.

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